Fertilización
Asistida
Cobertura 100 %, vía
autorización.
Dirigida a las parejas de afiliados de IOMA con diagnóstico de
Infertilidad, con el objetivo principal de brindar la cobertura necesaria
que permita la concepción de un hijo biológico dentro de
la pareja constituida.
Se brinda cobertura a todas las personas mayores de edad. Los afiliados
Voluntarios deben tener dos años de afiliación a IOMA.
Cómo proceder
Concurrí al Centro de Fertilización con la historia clínica
y el resultado de los estudios básicos de infertilidad indicados
por tu ginecólogo. Allí el prestador te extenderá
la indicación de Fertilización Asistida que considere necesario.
Con éstos dirijite a la Delegación de IOMA para iniciar
el trámite.
- Documentación
necesaria para la Fertilización Asistida >>
-
Para Fertilización Asistida por Ovodonación >>
- Para
Fertilización Asistida para mujer sola >>
-
Para Fertilización Asistida con donación de semen >>
- Documentación
necesaria para TESE >>
- Documentación
necesaria para Columnas de Anexina >>
- Documentación
necesaria para Test de Tunel >>
Aclaraciones importantes
- En el caso de las parejas donde solo un integrante de la misma es afiliado
al IOMA, se cubren las prácticas diagnósticas y terapéuticas
de Fertilización Asistida solo al afiliado a esta Obra Social.
- Los afiliados voluntarios, pueden acceder a la cobertura de Fertilización
Asistida a partir de los 2 (dos) años de su ingreso a la Obra Social.
- Dado que la Infertilidad Humana es considerada por la OMS y por la Provincia
de Buenos Aires como una enfermedad, reconocemos la misma como preexistencia
y no incorporamos como afiliados voluntarios a los pacientes que al momento
de solicitar la afiliación, presenten dicho diagnóstico.
- La cobertura en Fertilización Asistida exige la evaluación
previa y su autorización por parte de la auditoria médica
especializada de IOMA.
- Las prácticas que no se encuentren contempladas por convenio,
deberán solicitarse por reintegro, cuya aprobación quedará
a consideración del Directorio.
- No se efectúan reintegros ni reconocimiento alguno por tratamientos
realizados en establecimientos o consultorios fuera de nuestros prestadores.
Condiciones especiales en las que NO se
otorga cobertura de Fertilización Asistida
- Enfermedad crónica de la mujer que pueda agravarse con el embarazo.
- Enfermedad de transmisión vertical en etapa aguda o activa de
alguno de los integrantes de la pareja.
- Transferencia embrionaria. No se reconocerá como única
práctica. Se considera como parte del procedimiento de FIV
- Criopreservación de embriones.
- Utilización de útero de otra persona.
- Cobertura de PGD (Diagnostico Genético Preimplantatorio). Se
autorizará sólo en el caso de enfermedad de alteración
genética.
- Selección embrionaria.
- Los afiliados que habiéndosele autorizado prácticas de
Fertilización Asistida con anterioridad y hayan completado los
topes prestacionales contemplados por la presente normativa, no obtienen
cobertura.
- No se reconocerá ningún tratamiento por la vía
de reintegro. La cobertura exige la evaluación previa y su autorización
por parte de la Auditoría médica.
- No se autorizarán tratamientos realizados fuera de los Establecimientos
acreditados.
Prestadores
adheridos para realizar Fertilización Asistida >>
La cobertura se rige por Resolución 5343/15.
Consultas:
(0221) 424-4190 |