Afiliaciones

- ¿Cuál sería el valor de mi cuota mensual como adherente Voluntario?

- ¿Como Monotributista puedo pasar mis aportes a IOMA?
No. No es posible derivarlos porque son aportes de Jurisdicción nacional

- ¿Es posible derivar el aporte que realizo a otra Obra Social?
No. No es posible derivarlos ya que el aporte que realizan los afiliados a IOMA es incompatible con el sistema nacional de las otras Obras Sociales

- ¿Cómo debo proceder si extravío la credencial de IOMA?
Dirigite a una Delegación del Registro de las Personas más cercana a tu domicilio para realizar la denuncia de extravío o robo y posteriormente solicitar una nueva credencial en la delegación, con el último recibo de sueldo y la denuncia.

- ¿Cómo puedo obtener una credencial provisoria si aun no tengo la nueva credencial plástica?

-¿Cómo debo proceder si deseo afiliar a mi pareja y no estamos casados?

- ¿Si me incorporo a la Docencia qué debo hacer para comenzar a utilizar la obra social?
Tenés que imprimir la Ficha de Afiliación o solicitarla en tu Delegación y cumplimentarla en tu escuela.

Agregá a esta ficha la siguiente documentación y concurrí a tu Delegación:

  • Fotocopia del DNI (1ra y 2da hoja) y la correspondiente al último cambio de domicilio si lo hubiere.

  • Fotocopia del último recibo de haberes.

  • Si tenés hijos: fotocopia de la libreta de matrimonio y/o fotocopia de la partida de nacimiento.

  • Fotocopia del DNI de esposo/a e hijos.

  • Acta de matrimonio actualizada, solamente para el caso de afiliados directos que posean cónyuge a cargo.

  • Certificado de consulta del cónyuge expedido por el ANSES y el certificado de Registro Único de Beneficiario (RUB) o certificación negativa en caso de no registrar aportes a otro régimen asistencial obligatorio.

Podés obtenerlo desde http://www.anses.gov.ar/autopista/Serv_corporativos/certificaciones.htm
En esta página te solicitarán el número de CUIL. Para obtenerlo ingresá en http://www.anses.gov.ar/autopista/Serv_publicos/Cuil.htm

Nota: Si la certificación presentada indica que el cónyuge/conviviente está sujeto a otro régimen asistencial obligatorio, le será descontado del recibo de sueldo un aporte equivalente al 10 % del sueldo básico de categoría 23 de un régimen de 30 horas, según la Ley 10.430. Si elige no continuar como afiliado a la obra social, deberás notificarlo en los Consejos escolares de tu jurisdicción

  • Hijos mayores de 21 años y hasta los 26 inclusive, presentar certificado de alumno regular de Establecimiento Terciarios, Universitario o Secundario (Oficial o incorporado). Posgrados y maestrías no se consideran estudios para extender la afiliación luego de los 21 años.

- ¿A qué le llaman período de carencia?
Los períodos de carencia indican el tiempo que debe transcurrir entre el alta en IOMA como afiliado Voluntario y el momento de comenzar a utilizar las prestaciones. Todas ellas tienen un período de 90 días de carencia, excepto: Programa MAMI, Trasplantes y Cirugía Cardiovascular – Neurocirugía.