Afiliaciones
- ¿Cuál sería
el valor de mi cuota mensual como adherente Voluntario?
- ¿Como Monotributista puedo pasar
mis aportes a IOMA?
No. No es posible derivarlos porque son aportes de Jurisdicción
nacional
- ¿Es posible derivar el aporte
que realizo a otra Obra Social?
No. No es posible derivarlos ya que el aporte que realizan los afiliados
a IOMA es incompatible con el sistema nacional de las otras Obras Sociales
- ¿Cómo debo proceder si
extravío la credencial de IOMA?
Dirigite a una Delegación del Registro de las Personas más
cercana a tu domicilio para realizar la denuncia de extravío o
robo y posteriormente solicitar una nueva credencial en la delegación,
con el último recibo de sueldo y la denuncia.
- ¿Cómo puedo obtener una credencial provisoria si aun no tengo la nueva credencial plástica?
-¿Cómo
debo proceder si deseo afiliar a mi pareja y no estamos casados?
- ¿Si me incorporo a la Docencia
qué debo hacer para comenzar a utilizar la obra social?
Tenés que imprimir la Ficha
de Afiliación o solicitarla en tu Delegación y cumplimentarla
en tu escuela.
Agregá a esta ficha la siguiente documentación y concurrí
a tu Delegación:
- Fotocopia del DNI (1ra y 2da hoja) y la correspondiente al último
cambio de domicilio si lo hubiere.
- Fotocopia del último recibo de haberes.
- Si tenés hijos: fotocopia de la libreta de matrimonio y/o fotocopia
de la partida de nacimiento.
- Fotocopia del DNI de esposo/a e hijos.
- Acta de matrimonio actualizada, solamente para el caso de afiliados
directos que posean cónyuge a cargo.
- Certificado de consulta del cónyuge expedido por el ANSES y el
certificado de Registro Único de Beneficiario (RUB) o certificación
negativa en caso de no registrar aportes a otro régimen asistencial
obligatorio.
Podés obtenerlo desde http://www.anses.gov.ar/autopista/Serv_corporativos/certificaciones.htm
En esta página te solicitarán el número de CUIL.
Para obtenerlo ingresá en http://www.anses.gov.ar/autopista/Serv_publicos/Cuil.htm
Nota: Si la certificación
presentada indica que el cónyuge/conviviente está sujeto
a otro régimen asistencial obligatorio, le será descontado
del recibo de sueldo un aporte equivalente al 10 % del sueldo básico
de categoría 23 de un régimen de 30 horas, según
la Ley 10.430. Si elige no continuar como afiliado a la obra social, deberás
notificarlo en los Consejos escolares de tu jurisdicción
- Hijos mayores de 21 años y hasta los 26 inclusive, presentar
certificado de alumno regular de Establecimiento Terciarios, Universitario
o Secundario (Oficial o incorporado). Posgrados y maestrías no
se consideran estudios para extender la afiliación luego de los
21 años.
- ¿A qué le llaman período
de carencia?
Los períodos de carencia indican el tiempo que debe transcurrir
entre el alta en IOMA como afiliado Voluntario y el momento de comenzar
a utilizar las prestaciones. Todas ellas tienen un período de 90
días de carencia, excepto: Programa MAMI, Trasplantes y Cirugía
Cardiovascular – Neurocirugía.
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