ENFERMERÍA DOMICILIARIA
Modalidad de cobertura:
se autoriza en la Región correspondiente, por vía de reintegro
o autorización.
Se brinda todas las prácticas de enfermería que requiera el afiliado. Se contempla una duración de la visita de entre 60 a 90 minutos y en distintos módulos, según la complejidad del paciente y el perfil del profesional que la brinda (auxiliar de enfermería o enfermero profesional).
La prestación se autoriza siempre y cuando el afiliado cuente con una red primaria de apoyo y exista una condición clínica que amerite prácticas domiciliarias de enfermería. No se autorizará si el afiliado recibe una prestación de Internación domiciliaria, transitoria o permanente en efectores estatales o privados, ya sean de atención médica (2° o 3° nivel) o efectores de servicios sociales (Hogares, Residencias, etc).
En ningún caso se otorgará Enfermería domiciliaria para tareas de cuidados, supervisión y
asistencia en actividades de la vida diaria. Esta prestación está contemplada por la prestación de Cuidador Domiciliario.
Documentación necesaria
- Documentación básica: fotocopias
de: credencial del afiliado, frente y dorso del DNI y último
recibo de sueldo o último recibo de pago en caso de afiliados Voluntarios.
- Certificado de Discapacidad vigente (otorgado por Organismo Oficial),
en caso de discapacidad.
- En caso de poseer Credencial de Discapacidad otorgada por IOMA, ésta
reemplaza toda la documentación básica y el Certificado
de Discapacidad. Deberá anexarle la Verificación Afiliatoria.
- Nota del familiar solicitando el servicio.
- Indicación médica.
- Historia clínica completa y resultados de estudios complementarios (no se retendrán en el trámite estudios originales).
- Planilla 1 de indicación de Enfermería Domiciliaria: deberá estar completa por el médico tratante, detallando las prácticas específicas de enfermería que requiere el paciente, frecuencia de las mismas (diarias, semanales, etc), duración del tratamiento indicado o periodo de cobertura solicitado y fecha de inicio de la prestación.
- Planilla 2 de indicación de Enfermería Domiciliaria: deberá estar completa por el enfermero, en original. Incluirá el nivel de formación del mismo y su matrícula habilitante, el detalle de prácticas de enfermerías a realizar (acorde a lo indicado por el médico tratante), frecuencia semanal de asistencia (días que concurrirá al domicilio) y horario a realizar. Deberá constar firma, sello y número de Matrícula del profesional, teléfono del profesional. La Planilla deberá estar firmada por el enfermero y el afiliado o familiar responsable.
- En caso de solicitud de autorización: presupuesto original con detalle de tareas.
- En caso de solicitud de reintegro: recibo de pago o factura
en formulario B o C debidamente conformados.
Deberán constar: datos personales, teléfonos del enfermero
y Matrícula Profesional.
Documentación del enfermero:
- Copia fiel de título habilitante del auxiliar de enfermería o enfermero profesional registrado en el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires (ambos lados).
- Fotocopia de Matrícula habilitante del profesional
de enfermería, otorgada por el Ministerio de Salud provincial.
- Para solicitar la prórroga/renovación, adjuntá fotocopia de la última
autorización.
- Copia del DNI del enfermero.
- Constancia de inscripción de AFIP.
A solicitar en la Delegación:
Se adjuntará a la documentación, la Auditoría médica regional en la Planilla 3. Esta tarea la realizan los empleados de la Delegación.
Valores cubiertos por Resolución 2457/17.
Consultas: (0221) 421-0778 |