TRASLADOS

Aquellos Centros o escuelas que tengan convenio con IOMA, contemplan el traslado dentro de la prestación. Se fija como tope máximo hasta los 20 Km. (10 km. ida y 10 km. vuelta) diarios desde su domicilio hacia el Centro y su regreso.

Si se exceden de esos kilómetros, la diferencia se cubre mediante un trámite que deberá iniciar en la delegación correspondiente. La cobertura es por vía de reintegro o autorización.

Aquellos afiliados que concurran a Centros que no tengan convenio, deben iniciar un trámite de excepción en la delegación correspondiente, por vía de autorización o reintegro.

Cobertura
Vía autorización o reintegro a $ 0,70 km. para traslado en transportes de hasta 20 pasajeros (combis, transportes colectivos, etc)
Vía reintegro a $ 1,40 km. para traslado en automóvil con habilitación para traslado de pasajeros.

Documentación necesaria (en caso de necesidad de iniciar trámite)
Documentación básica: fotocopias de la credencial del afiliado, del frente y dorso del DNI y último recibo de sueldo o último recibo de pago en caso de afiliados Voluntarios
Nota de solicitud del traslado.
Orden médica con diagnóstico y especificación del motivo del traslado, indicando origen y destino.
Historia clínica, especificando justificación del traslado.
Estudios complementarios que avalen la patología.
Presupuesto con detalle de los km.y su costo/km.
Recibo de pago o factura “B” o “C”, si es reintegro, indicando los km.
Fotocopia de la habilitación Municipal y/o Ministerial de la unidad de traslado.
Para personas con discapacidad: certificado de discapacidad, certificación de km. Diarios y mensuales.