PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE CONCURREN A
CENTROS DE DÍA, CENTROS EDUCATIVOS TERAPÉUTICOS Y ESCUELAS
ESPECIALES
Cobertura para los afiliados que presenten las siguientes patologías:
- Compromiso motor severo.
- Retardo mental moderado severo y profundo (los cuadros de retardo mental
leve serán evaluados por la auditoría).
- Trastornos severos de la personalidad, que no puedan hacer uso del transporte
público.
- Trastornos del Espectro Autista (serán evaluados por auditoría
central).
- Afiliados no discapacitados con necesidad de traslado para rehabilitación,
estudios complementarios, terapias especiales y controles médicos,
cuando el cuadro clínico por su complejidad, justifique un traslado.
- Sordos y ciegos deberán hacer uso de su pase libre en el transporte
público, salvo que la Institución a la que concurre acredite
que el afiliado aún no puede transportarse en forma independiente.
Centro de Día, Centro Educativo Terapéutico
SIN CONVENIO CON IOMA o Escuelas Especiales
Podés optar por las opciones a,
b, c o d
a- Si la Institución cuenta
con transporte propio o tercerizado y el afiliado decide utilizar ese
servicio: solicitá el traslado junto con la solicitud de concurrencia
a la Institución. Se otorgan hasta 20 km diarios (10 km de ida
y 10 km de vuelta). Si te excedés en los kilómetros iniciá
un trámite de Autorización.
b- Si venís recibiendo cobertura
por concurrencia a la Institución y por el traslado hasta 20 Km.
diarios (10km ida y 10km vuelta) desde el domicilio hacia la Institución
y su regreso, y el Centro cumple con los requisitos para acceder a “prórroga
de cobertura”, no debés iniciar trámite.
c- Si la Institución tiene
autorizada la prestación básica sin transporte y deseas
incluirlo debés completar la Declaración
Jurada de Traslado N° 348/04 y enviarla vía Delegación
o Región al Sector Educativo Terapéutico de Sede Central.
Sólo se reconoce vía autorización y desde el momento
de la presentación de la Declaración Jurada. Si te excedés
en los kilómetros iniciá un trámite de Autorización,
los mismos serán reconocidos a valor combi.
d- Si la Institución no tiene
transporte propio o tercerizado: tenés que solicitar cobertura
por trámite en su Delegación. Si te excedés en los
kilómetros iniciá un trámite de Autorización.
Centro de Día, Centro Educativo Terapéutico
CON CONVENIO CON IOMA
El traslado está contemplado dentro de la prestación básica
(Centro de Día o Educativo Terapéutico) hasta los 20 km
diarios (10 km de ida y 10 km de vuelta), desde el domicilio hasta la
Institución y su regreso. Si te excedés en los kilómetros
iniciá un nuevo trámite, los mismos serán reconocidos
a valor Combi.
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