PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE CONCURREN A CENTROS DE DÍA, CENTROS EDUCATIVOS TERAPÉUTICOS Y ESCUELAS ESPECIALES

Cobertura para los afiliados que presenten las siguientes patologías:

- Compromiso motor severo.

- Retardo mental moderado severo y profundo (los cuadros de retardo mental leve serán evaluados por la auditoría).

- Trastornos severos de la personalidad, que no puedan hacer uso del transporte público.

- Trastornos del Espectro Autista (serán evaluados por auditoría central).

- Afiliados no discapacitados con necesidad de traslado para rehabilitación, estudios complementarios, terapias especiales y controles médicos, cuando el cuadro clínico por su complejidad, justifique un traslado.

- Sordos y ciegos deberán hacer uso de su pase libre en el transporte público, salvo que la Institución a la que concurre acredite que el afiliado aún no puede transportarse en forma independiente.

Centro de Día, Centro Educativo Terapéutico SIN CONVENIO CON IOMA o Escuelas Especiales

Podés optar por las opciones a, b, c o d

a- Si la Institución cuenta con transporte propio o tercerizado y el afiliado decide utilizar ese servicio: solicitá el traslado junto con la solicitud de concurrencia a la Institución. Se otorgan hasta 20 km diarios (10 km de ida y 10 km de vuelta). Si te excedés en los kilómetros iniciá un trámite de Autorización.

b- Si venís recibiendo cobertura por concurrencia a la Institución y por el traslado hasta 20 Km. diarios (10km ida y 10km vuelta) desde el domicilio hacia la Institución y su regreso, y el Centro cumple con los requisitos para acceder a “prórroga de cobertura”, no debés iniciar trámite.

c- Si la Institución tiene autorizada la prestación básica sin transporte y deseas incluirlo debés completar la Declaración Jurada de Traslado N° 348/04 y enviarla vía Delegación o Región al Sector Educativo Terapéutico de Sede Central. Sólo se reconoce vía autorización y desde el momento de la presentación de la Declaración Jurada. Si te excedés en los kilómetros iniciá un trámite de Autorización, los mismos serán reconocidos a valor combi.

d- Si la Institución no tiene transporte propio o tercerizado: tenés que solicitar cobertura por trámite en su Delegación. Si te excedés en los kilómetros iniciá un trámite de Autorización.

Centro de Día, Centro Educativo Terapéutico CON CONVENIO CON IOMA

El traslado está contemplado dentro de la prestación básica (Centro de Día o Educativo Terapéutico) hasta los 20 km diarios (10 km de ida y 10 km de vuelta), desde el domicilio hasta la Institución y su regreso. Si te excedés en los kilómetros iniciá un nuevo trámite, los mismos serán reconocidos a valor Combi.