REINTEGROS Circunstancias en las que corresponde el reintegro:
- Inexistencia de servicios prestadores adheridos al IOMA para acceder a la prestación de que se trate, en el momento y lugar en que es requerida.
- Imposibilidad de iniciar el procedimiento administrativo pertinente para acceder a la prestación, fundada en razones de urgencia médica justificada, reservándose el Instituto su reconocimiento.
- Prestaciones en las que el Directorio establezca al reintegro como modalidad de cobertura asistencial.

Normas comunes sobre reintegros:
Los importes que se reconozcan son los previstos en los convenios vigentes a la fecha de la prestación o bien aquellos determinados en el régimen de cobertura.
La presentación de las solicitudes de reintegro debe efectuarse dentro de los ciento ochenta (180) días, contados a partir de la fecha en que se brindó la prestación.

Requisitos y documentación básica:
- Documentación básica (fotocopia del DNI, de la credencial y del último recibo de sueldo o recibo de pago en caso de afiliados voluntarios)
- Nota de solicitud de reintegro
- Factura original o recibo profesional equivalente (B o C), cumpliendo los requisitos exigidos por normas de facturación emanadas de la AFIP, debidamente conformado
- Orden médica
- Historia clínica
- Copias de estudios complementarios que certifiquen patología invocada
En ningún caso presente estudios originales, dado que el trámite será archivado luego de la resolución del reintegro.
- Planilla de Autorización de Transferencia Cuenta BAPRO para su cobro, adjuntando ticket emitido por cajero automático donde conste número de cuenta y sucursal bancaria o en su caso constancia de CBU.

Aclaración: los reintegros se realizan por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sin excepción.
Para que te realicen el depósito, si no contás con una cuenta en el Banco de la Provincia, podrás declarar cualquier otra cuenta en otro Banco. La misma deberá pertenecer al titular de IOMA o al beneficiario del reintegro.

Quedan exceptuados de declarar una cuenta bancaria los titulares de:
Pensiones graciables
Pensionados y Jubilados del IPS
Ex combatientes
A este grupo se les acreditará el reintegro solicitado en la cuenta sueldo. IOMA realiza la transferencia al IPS y este organismo deposita el monto del reintegro en la cuenta de cada afilado.

Normativas referidas a Reintegros:

Resolución 4771/2016 >>

Resolución 0295/2017 >>

 


Consulta de Trámites por Reintegro>>

Te: (0221) 425-3861 / reintegros@ioma.gba.gov.ar