Cuidador Domiciliario

La facturación de los prestadores se recibe en cada Delegación. Los pertenecientes a La Plata, deben concurrir a Calle 6 N° 1120 e/ 55 y 56 en el horario de 8.30 a 13 horas.

Días de recepción en La Plata: del 1 al 15 de cada mes.

VALORES PARA FACTURACIONES DEL CUIDADOR


1/05/2016 al 31/08/2016 $ 46,00 Resolución 4020/2016
1/09/2016 al 30/11/2016 $ 50,00 – Resolución 6077/2016
1/12/2016 al 31/03/2017 $ 53,00Resolución 0027/2017
1/04/2017 al 30/09/2017 $ 58,00Resolución 1895/2017
1/10/2017 al 01/09/2018  $ 64,00Resolución 1895/2017
1/09/2018 en adelante $ 76 -
Resolución 1214/2018

Para facturar las diferencias deberán presentar una factura por mes.

¿Cómo calculo cuánto debo facturar?

Mirá en tu Orden de prestación la cantidad de horas diarias autorizadas y multiplícalo por la cantidad de días a la semana autorizados y ese resultado multiplicalo por 4. Ese total deberás multiplicarlo por el valor de la hora, de acuerdo al mes que corresponda. Tené en cuenta los valores consignados más arriba.

Ejemplo para facturar 8 horas diarias autorizadas de lunes a sábados en el mes de Mayo 2017:

 8 (horas) x 6 (días)= 48 x 4 (semanas)= 192 horas

192 horas x $ 58= $ 11.136

Planillas

Planilla de solicitud o renovación de Cuidador Domiciliario. Planilla 1Planilla 2Planilla 3,Planilla 4
Planilla Auditoría Central. Planilla 5
Planilla  de cambio o Baja de Cuidador Domiciliario.  Planilla 6
Planilla de Auditoría Regional. Planilla 4
Planilla de Asistencia diaria
Planilla de Resumen mensual

Documentación a presentar por el Cuidador Domiciliario: 

- Fotocopia del DNI del Cuidador Domiciliario.

- Fotocopia del título de formación del Cuidador Domiciliario.

- Constancia de opción de AFIP del Cuidador Domiciliario.

- Constancia de CBU del Banco Provincia de Buenos Aires del Cuidador Domiciliario, este requisito sólo se exigirá luego de que el efector haya percibido por parte de IOMA el pago de su primera facturación.

Baja, cambio o renuncia del Cuidador

¿Qué debo hacer si el Cuidador Domiciliario renuncia o no trabaja más (BAJA DE PRESTADOR), si no necesito más la prestación (BAJA DE PRESTACIÓN) o si deseo cambiar al Cuidador (CAMBIO DE PRESTADOR)?

Comuníquenos tales situaciones, mediante la presentación de la Planilla 6 o bien mediante una nota en donde deberán consignar fechas y motivos y adjuntar una copia de la orden de prestación en cuestión

Puede bajar desde acá la Planilla
 6 de baja o cambio de Cuidador Domiciliario o solicitarla en su Delegación.

Documentación a presentar por el nuevo Cuidador Domiciliario propuesto: 

- Fotocopia del DNI del Cuidador Domiciliario.

- Fotocopia del título de formación del Cuidador Domiciliario.

- Constancia de opción de AFIP del Cuidador Domiciliario.

- Constancia de CBU del Banco Provincia de Buenos Aires del Cuidador Domiciliario, este requisito sólo se exigirá luego de que el efector haya percibido por parte de IOMA el pago de su primera facturación.

Marco regulatorio para el Cuidador Domiciliario

- Los términos convenidos con el afiliado o su red primaria de apoyo respecto de la prestación del servicio no son vinculantes ni obligatorios para IOMA en todo lo que exceda el reconocimiento y cobertura establecido por parte del Instituto.

- La prestación de servicios deberá ajustarse a la reglamentación y requerimientos de IOMA, como pedidos de informes, planillas de horarios, inspecciones, auditorias, etc. sin que esto configure relación de dependencia o laboral alguna con IOMA.

- El Cuidador Domiciliario deberá llevar un cuaderno diario de registro de actividades con firma de ambas partes.

- El Cuidador podrá brindar el servicio de Cuidador Domiciliario a uno o más afiliados a través de la combinación de un Módulo S (semana) más un Módulo F (fines de semana) en cualquiera de sus variantes y hasta alcanzar la totalidad de 12 horas diarias. En ningún caso un Cuidador Domiciliario podrá exceder la carga horaria máxima de 12 horas diarias. Si la situación del afiliado exige más de 12 horas diarias de cuidado, deberá brindarse a través de más de un Cuidador Domiciliario.

- El Cuidador Domiciliario que brinde la carga máxima horaria de 12 horas diarias no podrá prestar otro servicio del cual brinde cobertura IOMA para el mismo u otro afiliado. Si la carga horaria diaria brindada es menor, podrá prestar otro servicio hasta completar un máximo de 12 horas diarias para uno o más afiliados.

- Si el Cuidador Domiciliario no cumple con lo estipulado en la normativa (ámbito de la prestación, actividades específicas, horarios denunciados en el presente y para las cuales se autorizó el servicio, etc.) la misma podrá suspenderse.

- NO ESTA PERMITIDO QUE EL CUIDADOR DOMICILIARIO DELEGUE el servicio autorizado en su favor a otra persona, como así también facultades, funciones o atribuciones privativas de su actividad.

FACTURACIÓN para el cuidador

Documentación a presentar:
A los fines de agilizar los procesos de liquidación de estas prestaciones individuales, el agente de la Delegación / Dirección Regional que reciba la documentación de facturación deberá confeccionar foliar y sellar el correspondiente trámite respetando el siguiente orden de presentación:

1- Factura original firmada
Una por mes, a mes vencido, del 1 al 10 de cada mes. Es decir en febrero presentará la factura correspondiente al mes de enero.
IVA exento, poner el Servicio que han presentado (por ejemplo: Cuidador Domiciliario), nombre, apellido y número de afiliado que corresponda, el monto autorizado en la Orden de Prestación y deberá ser correspondiente al mes calendario en cuestión.
Nº de CUIT de IOMA: IVA exento 30628249527

2- Planilla de Resumen mensual en original firmada (no fotocopia)

3- Orden de Prestación (original si es el primer mes facturado o copia a partir del segundo mes facturado)

4- Planilla de Asistencia Diaria firmada (en Planilla 3)

5- Constancia de opción de AFIP (cada vez que se presente la facturación).

Montos (retroactivos al 1/04/15)

MODULO S
Contempla la atención Semanal de Cuidador Domiciliario de lunes a viernes incluido feriados. Este módulo admite cinco variantes según necesidad prestacional, desde 4 horas diarias y hasta un máximo de 12 horas diarias con distinta valoración.

MÓDULO F
Contempla la atención los Fines de semana de Cuidador Domiciliario, es decir de sábado a domingo incluido feriados.
Este módulo admite cinco variantes según necesidad prestacional, desde 4 horas diarias y hasta un máximo de 12 horas diarias con distinta valoración.

Módulo Sub - módulo Horas Diarias Arancel
S

Lunes a Viernes
S4 4 $ 1.760
S6 6 $ 2.640
S8 8 $ 3.520
S10 10 $ 4.400
S12 12 $ 5.280
       
F

Sábado a Domingo
incluido feriados
F4 4 $ 640
F6 6 $ 960
F8 8 $ 1.280
F10 10 $ 1.600
F12 12 $ 1.920