Cuidador Domiciliario
La facturación de los prestadores se recibe en cada Delegación. Los pertenecientes a La Plata, deben concurrir a Calle 6 N° 1120 e/ 55 y 56 en el horario de 8.30 a 13 horas.
Días de recepción en La Plata: del 1 al 15 de cada mes.
VALORES PARA FACTURACIONES DEL CUIDADOR
1/05/2016 al 31/08/2016 $ 46,00 - Resolución 4020/2016
1/09/2016 al 30/11/2016 $ 50,00 – Resolución 6077/2016
1/12/2016 al 31/03/2017 $ 53,00 – Resolución 0027/2017
1/04/2017 al 30/09/2017 $ 58,00 – Resolución 1895/2017
1/10/2017 al 01/09/2018 $ 64,00 – Resolución 1895/2017
1/09/2018 en adelante $ 76 - Resolución 1214/2018
Para facturar las diferencias deberán presentar una factura por mes.
¿Cómo calculo cuánto debo facturar?
Mirá en tu Orden de prestación la cantidad de horas diarias autorizadas y multiplícalo por la cantidad de días a la semana autorizados y ese resultado multiplicalo por 4. Ese total deberás multiplicarlo por el valor de la hora, de acuerdo al mes que corresponda. Tené en cuenta los valores consignados más arriba.
Ejemplo para facturar 8 horas diarias autorizadas de lunes a sábados en el mes de Mayo 2017:
8 (horas) x 6 (días)= 48 x 4 (semanas)= 192 horas
192 horas x $ 58= $ 11.136
Planillas
Planilla de solicitud o renovación de Cuidador Domiciliario. Planilla
1, Planilla
2, Planilla
3,Planilla
4
Planilla Auditoría Central. Planilla
5
Planilla de cambio o Baja de Cuidador Domiciliario. Planilla
6
Planilla de Auditoría Regional. Planilla
4
Planilla
de Asistencia diaria
Planilla
de Resumen mensual
Documentación a presentar por el Cuidador Domiciliario:
- Fotocopia del DNI del Cuidador Domiciliario.
- Fotocopia del título de formación del Cuidador Domiciliario.
- Constancia de opción de AFIP del Cuidador Domiciliario.
- Constancia de CBU del Banco Provincia de Buenos Aires del Cuidador Domiciliario,
este requisito sólo se exigirá luego de que el efector haya
percibido por parte de IOMA el pago de su primera facturación.
Baja, cambio o renuncia del Cuidador
¿Qué debo hacer si el Cuidador Domiciliario renuncia o no
trabaja más (BAJA DE PRESTADOR), si no necesito más la prestación
(BAJA DE PRESTACIÓN) o si deseo cambiar al Cuidador (CAMBIO DE
PRESTADOR)?
Comuníquenos tales situaciones, mediante la presentación
de la Planilla 6 o bien mediante una nota en donde deberán consignar
fechas y motivos y adjuntar una copia de la orden de prestación
en cuestión
Puede bajar desde acá la Planilla 6 de
baja o cambio de Cuidador Domiciliario o solicitarla en su Delegación.
Documentación a presentar por el nuevo Cuidador Domiciliario
propuesto:
- Fotocopia del DNI del Cuidador Domiciliario.
- Fotocopia del título de formación del Cuidador Domiciliario.
- Constancia de opción de AFIP del Cuidador Domiciliario.
- Constancia de CBU del Banco Provincia de Buenos Aires del Cuidador Domiciliario,
este requisito sólo se exigirá luego de que el efector haya
percibido por parte de IOMA el pago de su primera facturación.
Marco regulatorio para
el Cuidador Domiciliario
- Los términos convenidos con el afiliado o su red primaria de
apoyo respecto de la prestación del servicio no
son vinculantes ni obligatorios para IOMA en todo lo que exceda
el reconocimiento y cobertura establecido por parte del Instituto.
- La prestación de servicios deberá
ajustarse a la reglamentación y requerimientos de IOMA,
como pedidos de informes, planillas de horarios, inspecciones, auditorias,
etc. sin que esto configure relación de dependencia o laboral alguna
con IOMA.
- El Cuidador Domiciliario deberá llevar un cuaderno
diario de registro de actividades con firma de ambas partes.
- El Cuidador podrá brindar el servicio de Cuidador Domiciliario
a uno o más afiliados a través de la combinación
de un Módulo S (semana) más un Módulo F (fines de
semana) en cualquiera de sus variantes y hasta alcanzar la
totalidad de 12 horas diarias. En ningún caso un Cuidador Domiciliario
podrá exceder la carga horaria máxima de 12 horas diarias.
Si la situación del afiliado exige más de 12 horas diarias
de cuidado, deberá brindarse a través de más de un
Cuidador Domiciliario.
- El Cuidador Domiciliario que brinde la
carga máxima horaria de 12 horas diarias no podrá prestar
otro servicio del cual brinde cobertura IOMA para el mismo u otro afiliado.
Si la carga horaria diaria brindada es menor, podrá prestar otro
servicio hasta completar un máximo de 12 horas diarias para uno
o más afiliados.
- Si el Cuidador Domiciliario no cumple
con lo estipulado en la normativa (ámbito de la prestación,
actividades específicas, horarios denunciados en el presente y
para las cuales se autorizó el servicio, etc.) la misma podrá
suspenderse.
- NO ESTA PERMITIDO QUE EL CUIDADOR DOMICILIARIO
DELEGUE el servicio autorizado en su favor a otra persona, como
así también facultades, funciones o atribuciones privativas
de su actividad.
FACTURACIÓN para el cuidador
Documentación a presentar:
A los fines de agilizar los procesos de liquidación de estas prestaciones
individuales, el agente de la Delegación / Dirección Regional
que reciba la documentación de facturación deberá
confeccionar foliar y sellar el correspondiente trámite respetando
el siguiente orden de presentación:
1- Factura original firmada
Una por mes, a mes vencido, del 1 al 10 de cada mes. Es decir en febrero
presentará la factura correspondiente al mes de enero.
IVA exento, poner el Servicio que han presentado (por ejemplo: Cuidador
Domiciliario), nombre, apellido y número de afiliado que corresponda,
el monto autorizado en la Orden de Prestación y deberá ser
correspondiente al mes calendario en cuestión.
Nº de CUIT de IOMA: IVA exento 30628249527
2- Planilla
de Resumen mensual en original firmada (no fotocopia)
3- Orden de Prestación (original
si es el primer mes facturado o copia a partir del segundo mes facturado)
4- Planilla
de Asistencia Diaria firmada (en Planilla 3)
5- Constancia de opción de
AFIP (cada vez que se presente la facturación).
Montos (retroactivos al 1/04/15)
MODULO S
Contempla la atención Semanal de Cuidador Domiciliario de lunes
a viernes incluido feriados. Este módulo admite cinco variantes
según necesidad prestacional, desde 4 horas diarias y hasta un
máximo de 12 horas diarias con distinta valoración.
MÓDULO F
Contempla la atención los Fines de semana de Cuidador Domiciliario,
es decir de sábado a domingo incluido feriados.
Este módulo admite cinco variantes según necesidad prestacional,
desde 4 horas diarias y hasta un máximo de 12 horas diarias con
distinta valoración.
Módulo | Sub - módulo | Horas Diarias | Arancel |
S Lunes a Viernes |
S4 | 4 | $ 1.760 |
S6 | 6 | $ 2.640 | |
S8 | 8 | $ 3.520 | |
S10 | 10 | $ 4.400 | |
S12 | 12 | $ 5.280 | |
F Sábado a Domingo incluido feriados |
F4 | 4 | $ 640 |
F6 | 6 | $ 960 | |
F8 | 8 | $ 1.280 | |
F10 | 10 | $ 1.600 | |
F12 | 12 | $ 1.920 |