Para afiliados con patología de base
de discapacidad visual con componente agregado: visceral, mental, motor,
auditivo, trastorno de la personalidad
El niño con discapacidad visual (ciego o disminuido visual) con
deficiencia asociada (visceral, mental, motor, auditiva, trastorno de
la personalidad) está en condiciones de recibir educación
formal sistemática. En algunas oportunidades se hace necesario
adaptar curriculum, actividades recursos y materiales didácticos
para lograr la comprensión y la integración de los conocimientos
en un ambiente social normalizador.
Otorgamos cobertura en establecimientos educacionales que brinden prestaciones
de educación especial - gestión privada (dependientes de
Dipregep) para personas con discapacidad visual y/o con déficit
agregado mental, motor, auditivo, visceral, trastorno de la personalidad.
Además quedan cubiertas las sesiones especiales (Integración,
Asesoramiento o tratamiento individual) a realizar por profesional capacitado
(maestro integrador o profesor de ciegos y disminuidos visuales) en otros
establecimientos de educación especial -encargados de abordar la
patología agregada mental, motor, auditiva visceral, trastorno
de la personalidad- o común de gestión pública o
privada.
Otorgamos prestación por sistema
de integración:
La escuela especial para discapacidad visual, realiza la integración
de los afiliados en escuela común o especial (de acuerdo al déficit
mental, motor, auditivo, visceral, trastorno de la personalidad del afiliado).
El afiliado concurre a escuela común o especial en los distintos
niveles educativos y a contra turno a escuela especial para personas con
discapacidad visual según cantidad horaria establecida en Resolución
3520/13.
En caso de ser necesario se puede solicitar cobertura de sesiones especiales
(integración, asesoramiento o tratamiento individual) a cargo de
profesional capacitado (maestro integrador o profesor de ciegos y disminuidos
visuales), prestación a realizarse en instituciones educativas
públicas o privadas, de rama común o especial. El profesional
brinda tratamiento de forma individual al afiliado en la escuela especial
o común a la cual concurre y al mismo tiempo asesora al personal
de la institución educativa.
Los profesionales de la escuela especial para discapacidad visual y los
profesionales encargados de las sesiones especiales son los que deben
fortalecer destrezas y habilidades a través de manejo de braille,
orientación y movilidad (entrenamiento en el uso de bastón
blanco), actividades básicas cotidianas, computación, comunicación
aumentativa alternativa y otros.
Otorgamos cobertura desde los 4 años hasta los 18 años pudiendo
extenderse hasta la finalización de la educación formal
o ingreso en Centro de Formación Laboral, Taller Protegido o Centro
de Día.
Modalidad de cobertura: trámite
por vía de Autorización.
En caso de que el afiliado concurra a escuela especial (dependiente de
Dipregep) para patología mental, motora, visceral, auditiva o de
trastornos de la personalidad (y no a escuela común) se podrá
solicitar dos modalidades de coberturas, en dos trámites independientes:
- Cobertura de escuela especial (gestión privada) para discapacidad
visual. En caso de ser necesario incluir en la presente solicitud el pedido
de cobertura de sesiones especiales (integración, asesoramiento,
tratamiento individual).
- Cobertura de escuela especial (gestión privada) según
déficit agregado mental, motor, auditivo, visceral y de trastornos
de la personalidad..
La solicitud debe ser iniciada por el titular, una persona autorizada
y/o quien acredite vínculo familiar, en la Delegación o
Región de IOMA más cercana a su domicilio.
Averiguaciones pertinentes al estado del trámite hasta su resolución
final: en Autogestión de nuestra web o en la Delegación o Región correspondiente.
Solicitud de Alta en escuela especial (gestión
privada) para discapacidad visual
Documentación necesaria
-Documentación básica: fotocopias de: credencial del afiliado
titular y del familiar a cargo, frente y dorso del DNI de ambos
y último recibo o comprobante de cobro de haberes, o último
recibo de pago en caso de afiliados voluntarios.
-Fotocopia del Certificado de Discapacidad vigente (emitido por organismo
oficial).
- En caso de poseer Credencial de Discapacidad otorgada por IOMA, ésta
reemplaza toda la documentación básica y el Certificado
de Discapacidad. Deberá anexarle la Verificación Afiliatoria.
-Prescripción médica con carácter de derivación
redactada por médico de cabecera y/p oftalmólogo.
-Informe de admisión del establecimiento.
-Plan de tratamiento propuesto por equipo del establecimiento.
-Cronograma de actividades propuesto por el establecimiento.
-Presupuesto propuesto por el establecimiento.
En caso de solicitar sesiones especiales (integración, asesoramiento)
incluir:
-Informe de admisión
-Plan de tratamiento
-Cronograma de actividades
-Presupuesto propuesto por profesional capacitado (maestro integrador
o profesor de ciegos y disminuidos visuales).
-Fotocopia de currículum y de
certificaciones que acrediten la formación del profesional en tratamiento
de personas con discapacidad visual.
-Carta de Dirección de Escuelas declarando la falta de personal
idóneo para realizar el tratamiento de la persona con discapacidad
visual.
-Comprobante formal de los acuerdos establecidos entre la escuela especial
y el maestro integrador o profesor de ciegos y disminuidos visuales.
-Carta de la inspectora de educación autorizando el ingreso del
maestro integrador o profesor de ciegos y disminuidos visuales para realizar
las sesiones especiales.
Solicitud de Alta en escuela especial para
discapacidad neurolocomotora, mental, auditiva, visceral, trastornos de
la personalidad (y sesiones especiales a realizarse en la institución)
Documentación necesaria
-Documentación básica: fotocopias de: credencial del afiliado
titular y del familiar a cargo, frente y dorso del DNI de ambos
y último recibo o comprobante de cobro de haberes, o último
recibo de pago en caso de afiliados voluntarios.
-Fotocopia del Certificado de Discapacidad vigente (emitido por organismo
oficial).
- En caso de poseer Credencial de Discapacidad otorgada por IOMA, ésta
reemplaza toda la documentación básica y el Certificado
de Discapacidad. Deberá anexarle la Verificación Afiliatoria.
-Prescripción médica con carácter de derivación
redactada por médico de cabecera y/o oftalmólogo.
-Informe de admisión del establecimiento.
-Plan de tratamiento propuesto por equipo del establecimiento.
-Cronograma de actividades propuesto por el establecimiento.
-Presupuesto propuesto por el establecimiento.
Renovación
No tenés que iniciar trámite, la
renovación la realiza la Institución vía web.
Se evalúa la “cobertura por
Prórroga” de Educación Especial en sus niveles
inicial, EP, Formación Laboral y Apoyo a la Integración
Escolar.
Condiciones y requisitos a cumplir por
la Institución:
Los afiliados que en el periodo anterior contaron con autorización
del IOMA según lo estipulado en Resolución vigente Res.
2090/05 y 5575/08, podrán acceder a la “Prórroga
de cobertura” siempre y cuando:
La Institución ingrese la información que será solicitada
para la prórroga de cobertura del año en curso a través
del sitio Web del Instituto.
Instructivo
para la carga >>
Prórroga
de cobertura 2018 para Escuela Especial >>
La cobertura por prórroga quedará supeditada al informe
de la auditoría central y/o en terreno. Aquella Escuela Especial
que no cumpla con los requisitos establecidos por Resolución, o
que desde la Auditoría se considere que por algún motivo
debiera suspenderse la cobertura, será notificado y quitado del
circuito de liquidación hasta que se constate que se han modificado
las razones que dieron lugar a la interrupción de la autorización
Documentación para RENOVACIÓN
en Escuela Especial que no cumplen con los requisitos de “Prórroga
de Cobertura” estipuladas:
El afiliado debe iniciar el mismo trámite que para el inicio de
la prestación.
Valores y modalidad de concurrencia cubiertos se rigen por Resolución 5533/11 en caso de escuela especial para discapacidad visual o sesiones especiales
y Resolución 5575/08 en caso de escuela especial para discapacidad según déficit
agregado mental, neurolocomotor, auditivo, visceral, trastorno de la personalidad
Consultas: (0221) 429-5997
educativoterapeutico@ioma.gba.gov.ar
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