Prestadores Sancionados en 2009


Dr. SEMACENDI Mariano, de La Plata, por Resolución HD 003/09, se lo sanciona con nueve meses de Interrupción Contractual a partir del 10/02/09 y hasta el 10/11/09.

Dr.PONCE Fernando, de Mar del Plata, por Resolución HD 071/09, se lo sanciona con siete meses de Interrupción Contractual a partir del 23/01/09 y hasta el 23/08/09.

Dr. BOLASELL Héctor Oscar, de Salto, por Resolución HD 010/09, se lo sanciona con seis meses de Interrupción Contractual a partir del 11/03/09 y hasta el 11/09/09.

Dr. CARLINI Mario Nestor, de Necochea, por Resolución HD 081/08, se lo sanciona con cinco meses de Interrupción Contractual a partir del 17/02/09 y hasta el 17/07/09.


Odontóloga PEREZ Nancy Ester, de Mar del Plata, por Resolución HD 002/09, se lo sanciona con cuatro meses de Interrupción Contractual a partir del 06/03/09 y hasta el 06/07/09.

Kinesióloga MUCCILLO Silvina, de Salto, por Resolución HD 005/09, se lo sanciona con doce meses de Interrupción Contractual a partir del 17/03/09 y hasta el 17/03/10.

Dr. PICHETTO José Maria, de Pehuajó, por Resolución HD 009/09, se lo sanciona con cuatro meses de Interrupción Contractual a partir del 15/04/09 y hasta el 15/08/09.

Odontóloga TORINO, Mariana , de Moreno, por Resolución HD 014/09, la comisión de las faltas, lo sancionó con treinta días de Interrupción Contractual a partir del 06/05/09 y hasta el 06/06/09.

Dra. RAMOS Cristina, de Gral. Alvarado, por Resolución HD 015/09, se lo sanciona con treinta días de Interrupción Contractual a partir del 11/05/09 y hasta el 11/06/09.

Dr. BARRAGAN Federico, de Dolores, por Resolución HD 008/09, se lo sanciona con doce meses de Interrupción Contractual a partir del 11/01/09 y hasta el 11/01/10.

Dr. ASENIA Sebastián, de Villa Ramallo, por Resolución HD 012/09, se lo sanciona con siete meses de Interrupción Contractual a partir del 12/05/09 y hasta el 12/12/09.


Odontóloga BIBBO Maria Regina, de Mar del Plata, por Resolución HD 016/09, se lo sanciona con seis meses de Interrupción Contractual a partir del 20/04/09 y hasta el 20/10/09.

Dr. PEREIRA DUARTE Carlos, de Junin, por Resolución HD 028/09 de fecha 22 de Julio de 2009, se lo PRESCINDE en los terminos del art. 39 del Decreto n° 7881/84 reglamento de la ley n° 6982, a partir del 20/07/09, en sus relaciones prestacionales con este Instituto.

Dr. LOZANO Gustavo Antonio, de Ensenada, por Resolución HD 029/09 de fecha 22 de Julio de 2009, se lo PRESCINDE en los terminos del art. 39 del Decreto n° 7881/84 reglamento de la ley n° 6982, a partir del 27/07/09, en sus relaciones prestacionales con este Instituto.

Dr. SANTOIANNI Marcelo, de Monte Grande, por Resolución HD 030/09 de fecha 22 de Julio de 2009, se lo PRESCINDE en los terminos del art. 39 del Decreto n° 7881/84 reglamento de la ley n° 6982, a partir del 23/07/09, en sus relaciones prestacionales con este Instituto.

Dr. CATANESE Antonio Héctor, de Bahía Blanca, por Resolución HD 024/09 de fecha 17 de Julio de 2009, se lo PRESCINDE en los terminos del art. 39 del Decreto n° 7881/84 reglamento de la ley n° 6982, a partir del 21/07/09, en sus relaciones prestacionales con este Instituto.

Dr. FITA Luis Ignacio, de Adrogue, por Resolución HD 034/09 de fecha 22 de Julio de 2009, se lo PRESCINDE en los terminos del art. 39 del Decreto n° 7881/84 reglamento de la ley n° 6982, a partir del 24/07/09, en sus relaciones prestacionales con este Instituto


Dr. MARTINEZ MARTINEZ Ramón, de San Clemente del Tuyú, por Resolución HD 021/09, se lo sanciona con n tres meses de Interrupción Contractual a partir del 22/07/09 y hasta el 22/10/09.

Dr. SANCHEZ Sergio Daniel, de Bahía Blanca, por Resolución HD 026/09 de fecha 171 de Julio de 2009, se lo PRESCINDE en los terminos del art. 39 del Decreto n° 7881/84 reglamento de la ley n° 6982, a partir del 31/07/09, en sus relaciones prestacionales con este Instituto.

Dr. QUATTROCCHIO Roberto Eduardo, de Bahía Blanca, por Resolución HD 025/09 de fecha 17 de Julio de 2009, se lo PRESCINDE en los terminos del art. 39 del Decreto n° 7881/84 reglamento de la ley n° 6982, a partir del 14/08/09, en sus relaciones prestacionales con este Instituto.

Dr. POZZI Joaquín, de La Plata, por Resolución HD 035/09 de fecha 22 de Julio de 2009, se lo PRESCINDE en los terminos del art. 39 del Decreto n° 7881/84 reglamento de la ley n° 6982, a partir del 12/08/09, en sus relaciones prestacionales con este Instituto.

Kinesióloga ETCHEGOYEN Laura Lidia, de Arrecifes, por Resolución HD 042/09, se lo sanciona con doce meses de Interrupción Contractual a partir del 12/08/09 y hasta el 12/08/10

Dr. BOLOGNESI Juan, de Pehuajó, por Resolución HD 041/09, se lo sanciona con dieciocho meses de Interrupción Contractual a partir del 12/08/09 y hasta el 12/02/11.

Dr. GARRIDO Sonia, de Carhué, por Resolución HD 044/09, se lo sanciona con doce meses de Interrupción Contractual a partir del 12/08/09 y hasta el 12/08/10.

Kinesiólogo OLOCCO Guillermo Luis, de San Nicolás, por Resolución HD 022/09, se lo sanciona con 31 días de Interrupción Contractual a partir del 17/06/09 y hasta el 18/07/09.

Dr. ZACARIAS Elías Jorge, de Quilmes, por Resolución HD 049/09, se lo sanciona con doce meses de Interrupción Contractual a partir del 03/09/09 y hasta el 03/09/10.

Dra. MAMMONE María de las Mercedes, de Pergamino, por Resolución HD 027/09, se lo sanciona con tres meses de Interrupción Contractual a partir del 03/09/09 y hasta el 03/12/09

Dr. JANIN Claudio Elías, de Mar del Plata, por Resolución HD 043/09, se lo sanciona con doce meses de Interrupción Contractual a partir del 26/08/09 y hasta el 26/08/10.

Dra. CHAVEZ Dora Liliana, de Bahía Blanca, por Resolución HD 040/09, se lo suspende preventivamente con treinta y cinco días de Interrupción Contractual a partir del 01/09/09 y hasta el 06/10/09.

Dra. ESCOLA Roxana, de Arrecifes, por Resolución HD 023/09, se lo sanciona con tres meses de Interrupción Contractual a partir del 11/08/09 y hasta el 11/11/10.

Dr. FERNANDEZ VICTORIO Javier, de Pehuajo, por Resolución HD 050/09, se lo suspende con treinta y cinco días de Interrupción Contractual a partir del 15/09/09 y hasta el 22/10/10.

Dr. OLEGO, Fabricio Ariel, de Carmen de Patagones, por Resolución HD 045/09, se lo sanciona con doce meses de Interrupción Contractual a partir del 10/09/09 y hasta el 10/09/10.

Dra. HARAMBOURE Maria Laura, de Tres Arroyos, por Resolución HD 066/09, se lo sanciona con dieciocho meses de Interrupción Contractual a partir del 10/10/09 y hasta el 10/04/11.

Dra. GRIMI, María Claudia, de Bahía Blanca, por Resolución HD 038/09, se lo sanciona con doce meses de Interrupción Contractual a partir del 08/09/09 y hasta el 08/09/10.

Dr. HOYOS, Oscar, de Miramar, por Resolución HD 064/09, se lo suspende con doce meses de Interrupción Contractual a partir del 07/10/09 y hasta el 07/10/10.

Bioquímica FORSTER, Nélida, de La Plata, por Resolución HD 071/09, se lo sanciona con seis meses de Interrupción Contractual a partir del 06/11/09 y hasta el 06/05/10.

Dra. RAMOS, Cristina, de Gral Alvarado, por Resolución HD 072/09, se lo sanciona con doce meses de Interrupción Contractual a partir del 06/11/09 y hasta el 06/11/10.

Dr. MAMONE, Andrés Fabián, de Lomas del Mirador, por Resolución HD 081/09, se lo REINCORPORA como prestador de este Instituto a partir del 10/11/09.

Dr. PONCE, Guillermo, de Bahía Blanca, por Resolución HD 054/09, se lo sanciona con un mes de Interrupción Contractual a partir del 01/10/09 y hasta el 01/11/09.

Dr. FERRARIS, Roberto Jorge, Carmen de Patagones, por Resolución HD 083/09, se lo sanciona con doce meses de Interrupción Contractual a partir del 11/11/09 y hasta el 11/11/10.

Dra. MENDEZ, Luz Marina, de Bragado, por Resolución HD 079/09, se lo sanciona con veinte meses de Interrupción Contractual a partir del 11/11/09 y hasta el 06/07/11.

Dr. VILLAR, Juan Manuel Leandro, de Pehuajo, por Resolución HD 075/09, se lo sanciona con dieciocho meses de Interrupción Contractual a partir del 11/11/09 y hasta el 11/05/11.

Dr. QUATTROCCHIO, Marcelo, de la localidad de Azul, por Resolución HD 082/09, se lo SANCIONA CON LA EXCLUSIÓN DEFINITIVA como prestador de este Instituto a partir del 11/11/09.

Dr. GUERRA, Marcelo, de Lomas de Zamora, por Resolución HD 088/09, se lo REINCORPORA como prestador de este Instituto a partir del 20/11/09.

Dr. PEREIRA DUARTE, Carlos Horacio, de Junin, por Resolución HD 086/09, se lo REINCORPORA como prestador de este Instituto a partir del 18/11/09.

Dr. ALLEGRONI, Juan Edgardo, de Dolores, por Resolución HD 087/09, se lo REINCORPORA como prestador de este Instituto a partir del 20/11/09.

Dra. GOICOECHEA, Maria de los Angeles, de Villa Gesell, por Resolución HD 061/09, se lo sanciona con doce meses de Interrupción Contractual a partir del 07/10/09 y hasta el 07/10/10.

Dr. LIFSITZ, Sergio Isidoro, de Bahía Blanca, por Resolución HD 053/09, se lo sanciona con doce meses de Interrupción Contractual a partir del 01/10/09 y hasta el 01/10/10.

Dr. PROVENZAL, Antonio Osvaldo, de Necochea, por Resolución HD 059/09, se lo sanciona con sesenta días de Interrupción Contractual a partir del 09/10/09 y hasta el 09/12/09.

Dr. ELISECHE, Oscar, de Loberia, por Resolución HD 058/09, se lo suspende preventivamente por veinticinco días de Interrupción Contractual a partir del 26/10/09 y hasta el 20/11/09.

Dr. STEFANI, Fabio, de Puan, por Resolución HD 046/09, se lo sanciona con sesenta días de Interrupción Contractual a partir del 26/09/09 y hasta el 26/11/09.

Dra. GOYCOA, Claudia Marcela, de Mar del Plata, por Resolución HD 031/09, se lo suspende preventivamente por cuarenta días de Interrupción Contractual a partir del 08/10/09 y hasta el 18/11/09.

Dr. POZZI, Joaquín , de La Plata, por Resolución HD 091/09, se lo REINCORPORA como prestador de este Instituto a partir del 02/12/09.

Dr. COLLOCA, Miguel Angel, de Hurlingham, por Resolución HD 062/09, se lo sanciona con cinco meses de Interrupción Contractual a partir del 19/10/09 y hasta el 19/03/10.

Dra. RANCHI, Rosana Andrea, de Mar del Plata, por Resolución HD 057/09, se lo suspende preventivamente por quince días de Interrupción Contractual a partir del 13/10/09 y hasta el 28/10/09.

Dra. CAMPS, Silvia Beatriz, de Carmen de Patagones, por Resolución HD 097/09, se lo sanciona con ocho meses de Interrupción Contractual a partir del 07/12/09 y hasta el 07/08/10.

Odontóloga TORINO, Mariana, de La Plata, por Resolución HD 093/09, se lo sanciona con treinta días de Interrupción Contractual a partir del 07/12/09 y hasta el 06/01/10.

Dr. ALVAREZ TOLEDO, Luis Fernando, de Mar del Plata, por Resolución HD 065/09, se lo suspende preventivamente por veinte días de Interrupción Contractual a partir del 08/10/09 y hasta el 28/10/09.

Dr. BEGUE, Juan Pedro, de Mar del Plata, por Resolución HD 084/09, se lo sanciona con quince meses de Interrupción Contractual a partir del 30/11/09 y hasta el 30/02/11.

Dr. MOSSO, Francisco Jose, de Malaver, por Resolución HD 067/09, se lo sanciona con dieciocho meses de Interrupción Contractual a partir del 30/11/09 y hasta el 30/05/11.

Dra. GOYCOA, Claudia Marcela, de Mar del Plata, por Resolución HD 078/09, se lo sanciona con dieciocho meses de Interrupción Contractual a partir del 30/11/09 y hasta el 30/05/11.

Dr. VEGA, Claudia, de Necochea, por Resolución HD 070/09, se lo suspende preventivamente con cuarenta días de Interrupción Contractual a partir del 20/11/09 y hasta el 31/12/09.

Dr. DELFINO, Maximiliano, de Necochea, por Resolución HD 073/09, se lo sanciona con veinticuatro meses de Interrupción Contractual a partir del 01/12/09 y hasta el 01/12/11.

CLINICA DEL DIAGNOSTICO SAN NICOLAS S.A., de San Nicolas, por Resolución HD 080/09, se lo suspende preventivamente con treinta días de Interrupción Contractual a partir del 04/11/09 y hasta el 04/12/09.

Dr. GONZALEZ, Eduardo Néstor, de Lanús, por Resolución HD 068/09, se lo sanciona con treinta días de Interrupción Contractual a partir del 09/11/09 y hasta el 09/12/09.

Dr. BERKUNSKY, Roberto, de Tandil, por Resolución HD 052/09, se lo suspende preventivamente con treinta días de Interrupción Contractual a partir del 28/09/09 y hasta el 28/10/09.

Dr. CALZONE, Ricardo, de Pergamino, por Resolución HD 072/09, se lo sanciona con dos meses de Interrupción Contractual a partir del 07/12/09 y hasta el 07/02/10.

Dr. PEREZ, Emilia Isabel, de Moreno, por Resolución HD 074/09, se lo suspende preventivamente con treinta días de Interrupción Contractual a partir del 18/12/09 y hasta el 17/01/10.

Kinesióloga TAFURA, Carolina, de San Antonio de Areco, por Resolución HD 063/09, se lo suspende preventivamente con 25 días de Interrupción Contractual a partir del 20/10/09 y hasta el 14/11/09.

Dra. RANCHI, Rosana Andrea, de Mar del Plata, por Resolución HD 057/09, se lo suspende preventivamente con quince días de Interrupción Contractual a partir del 13/10/09 y hasta el 28/10/09.

Dra. PREGENDELLI de BARONE, Maria Teresa, de Chascomús, por Resolución HD 099/09, se lo sanciona con quince meses de Interrupción Contractual a partir del 07/12/09 y hasta el 07/03/11.

Dra. CAMPS, Silvia Beatriz, de Carmen de Patagones, por Resolución HD 097/09, se lo sanciona con ocho meses de Interrupción Contractual a partir del 07/12/09 y hasta el 07/08/10.

Odontóloga TORINO, Mariana, de La Plata, por Resolución HD 093/09, se lo sanciona con treinta días de Interrupción Contractual a partir del 07/12/09 y hasta el 06/01/10.

Dr. ALVAREZ TOLEDO, Luis Fernando, de Mar del Plata, por Resolución HD 065/09, se lo suspende preventivamente con veinte días de Interrupción Contractual a partir del 08/10/09 y hasta el 28/10/09.

Dr. PANELO, Roberto Federico, de Santa Teresita, por Resolución HD 094/09, se lo sanciona con siete meses de Interrupción Contractual a partir del 29/01/10 y hasta el 29/08/10.

Kinesiólogo MUÑOZ, Francisco , de Caseros, por Resolución HD 089/09, se lo sanciona con seis meses de Interrupción Contractual a partir del 10/03/10 y hasta el 10/09/10.

Dr. DOMINGUEZ, Rogelio Gregorio, de Chivilcoy, por Resolución HD 092/09, se lo sanciona con siete meses de Interrupción Contractual a partir del 26/02/10 y hasta el 26/09/10.

Kinesiólogo GEIS, Oscar Alberto, de Necochea, por Resolución HD 098/09, se lo sanciona con tres meses de Interrupción Contractual a partir del 03/02/10 y hasta el 03/05/10.

Dr. PERRETA, Pablo Mariano, de Pergamino, por Resolución HD 077/09, se lo sanciona con siete meses de Interrupción Contractual a partir del 14/12/09 y hasta el 14/07/10.

Dra. JARDUGE, Ibrahum, de San Miguel, por Resolución HD 090/09, se lo PRESCINDE en términos del art. 39 del Decreto 7881/84 reglamentario de la Ley N° 6982 de los servicios prestacionales con este Instituto a partir del 03/06/10.

Dr. NEFFEN, Eldo, de Pergamino, por Resolución HD 051/09, se lo sanciona con veinticinco días de Interrupción Contractual a partir del 28/04/10 y hasta el 26/05/10.